En Salud
La violación de tabacaleras dominicanas en advertencia sanitaria en cajas de cigarrillos
Ante las constantes violaciones a las leyes en cuanto a publicidad y advertencia sanitaria en la cajetillas de cigarrilos, la Alianza Dominicana Antitabaquismo (ADAT) hizo una enérgica crítica a la industria del tabaco en República Dominicana.
La Ley 48-00 es clara en estos aspectos y no se presta a interpretación. Sin embargo, las empresas tabacaleras dominicanas y las multinacionales cometen constantes violaciones a esta ley, expresa la entidad.
Hacen un llamado a las autoridades del Ministerio de Salud Pública para que asuman su responsabilidad regulatoria y fiscalizadora de la publicidad de productos de tabaco e impongan las sanciones que, tanto la ley 48-00 como la Ley General de Salud, le asignan.
Asimismo, abundan en nuestro país las marcas de productos de tabaco que no cumplen con el artículo 8 el cual dice que “en las etiquetas de los empaques o envases en que se expenda o suministre el tabaco y sus derivados, debe figurar en forma clara y visible la leyenda de advertencia escrita, con letras fácilmente legibles, con colores contrastantes, que digan: FUMAR ES PERJUDICIAL PARA LA SALUD”.
La Ley 48-00 en su artículo 4, inciso C esta expresa: “La declaración de advertencia deberá imprimirse en tinta negra contra un fondo blanco sólido dentro del rectángulo de encerramiento y la línea de encerramiento también debería estar impresa en color negro”.
Esta violación es más frecuente en los cigarros, los cigarrillos importados y en los dispositivos electrónicos de administración de nicotina, como los “vapes”.
Por igual la ley su inciso D del mismo artículo, afirma: “La declaración de advertencia, dentro de su rectángulo de encerramiento en cualquier periódico, revista o anuncio (afiche), podrá ser colocada en cualquier lugar dentro del área de anuncio, pero no deberá ser colocada en el margen de ningún anuncio”.
Se ha convertido en una costumbre de las empresas del tabaco violar estos aspectos tan importantes de la referida ley ante los ojos de todos, pero sobre todo de nuestras autoridades.
Otro aspecto de la ley constantemente ignorado y que afecta directamente a los niños y adolescentes es el contenido en el artículo 6, inciso b: “No podrán ser colocadas publicidad o promoción del tabaco y sus derivados en a menos de doscientos (200) metros de distancia de los centros educativos para menores de dieciocho (18) años de edad.
La entidad critica la forma descarada en que la industria tabacalera viola nuestras leyes y regulación a favor de aumentar sus beneficios a través de la venta de productos letales para sus consumidores.
La ADAT es una entidad que agrupa a más de 40 instituciones de índoles académicas, médicas, religiosas y medioambiental, entiende que las consecuencias del tabaco en el medio ambiente es ya un motivo de alerta para dejar de consumirlo y de este modo no propagar este flagelo que anualmente causa la muerte de más de 8 millones de personas en el mundo y unas 10 mil personas en nuestro país.