{"id":17358,"date":"2012-01-16T16:24:00","date_gmt":"2012-01-16T20:24:00","guid":{"rendered":"http:\/\/idominicanas.com\/\/someterian-ley-regule-blogs-dominicanos\/"},"modified":"2012-01-16T16:24:00","modified_gmt":"2012-01-16T20:24:00","slug":"someterian-ley-regule-blogs-dominicanos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.idominicanas.com\/someterian-ley-regule-blogs-dominicanos\/","title":{"rendered":"Abogado someter\u00eda proyecto regule blogs y otros portales"},"content":{"rendered":"
El abogado Enrique Santelises inform\u00f3 ha planteado someter\u00e1 un proyecto de Ley que regule los blogs y portales web en el pa\u00eds seg\u00fan revel\u00f3 a ImagenesDominicanas.com<\/p>
Santelises \u2013abogado de la presentadora Venya Carolina- dijo que ha conversado con representantes del Congreso Dominicano \u2013con intereses comunes- a quienes les ha mostrado la idea del proyecto que regular\u00eda el contenido en los portales webs dominicanos; ya que solo tenemos una Ley Ordinaria, que es la 53-07.<\/p>\n
ImagenesDominicanas.com convers\u00f3 con el abogado para conocer las consecuencias jur\u00eddicas que podr\u00edan tener los medios electr\u00f3nicos que siguen publicando las fotos su cliente Venya Carolina desnuda. Carta enviada por Santelises donde trata de manera detallada este delito de Prensa en la web<\/p>\n ASUNTO : Consecuencias Jur\u00eddicas que incurren los medios electr\u00f3nicos que siguen publicando las fotos desnuda de \u00abVenya Carolina\u00bb.<\/p>\n – De acuerdo a lo conversado, y a lo solicitado por Im\u00e1genes Dominicanas a trav\u00e9s de su persona sobre \u00bfQu\u00e9 implicaciones tendr\u00eda alg\u00fan medio digital, f\u00edsico o televisivo con relaci\u00f3n a seguir difundiendo las im\u00e1genes de la comunicadora y ex-modelo dominicana \u00abVenya Carolina\u00bb, quien es nuestra cliente, tengo a bien exponerles lo siguiente.<\/p>\n En la Rep\u00fablica Dominicana, contamos con la legislaci\u00f3n No. 53-07 Sobre Cr\u00edmenes y Delitos de Alta Tecnolog\u00eda, promulgada en el 2007, la cual establece pena de tres meses hasta un a\u00f1o de prisi\u00f3n y multa de cinco a quinientas veces el salario m\u00ednimo, toda aquella persona que incurra en difamaci\u00f3n cometida a trav\u00e9s de medios electr\u00f3nico, inform\u00e1ticos, telem\u00e1ticos, de telecomunicaciones o audiovisuales.<\/p>\n En el caso que nos ocupa \u00abVenya Carolina\u00bb, lo primero a decir es, que ese expediente a\u00fan esta abierto, no se ha cerrado, por lo tanto todo medio de comunicaci\u00f3n electr\u00f3nico, ll\u00e1mese peri\u00f3dico digital, blog, u otro portal web que incurran en la publicaci\u00f3n de esas im\u00e1genes, las cuales fueron tomadas sin el consentimiento de la se\u00f1ora Pe\u00f1a Cordero (Venya) se hacen pasible de ser sancionados con las penas anteriormente mencionadas. \u00bfDE QUE MANERA SE PUEDE COMPROBAR QUE UNA COMPUTADORA O VARIAS COMPUTADORAS FUERON UTILIZADAS PARA TAL PUBLICACI\u00d3N?<\/p>\n Toda computadora o equipo electr\u00f3nico tiene lo que se llama IP (\u00abInternet Protocolo\u00bb) este n\u00famero es la \u00abdirecci\u00f3n\u00bb de identificaci\u00f3n individual de la computadora en la Internet global. Casi todos los servidores, como las que son hogar a sitios de Web, son asignadas direcciones IP \u00abpermanentes\u00bb. Cuando una persona procede hacer una publicaci\u00f3n en una determinada p\u00e1gina.<\/p>\n Por ejemplo: www. imagenesdominicanas.com, unas computadoras especiales llamadas \u00abservidores de nombres\u00bb traducen este URL alfab\u00e9tico a la direcci\u00f3n IP num\u00e9rica \u00abverdadera\u00bb del servidor principal de imagenesdominicanas.com o la web que haya hecho la publicaci\u00f3n Los ISP usualmente tienen pe-asignados normalmente uno o m\u00e1s \u00abbloques\u00bb de estas direcciones de los cuales ellos asignan un numero de IP a cada uno de sus clientes cuando ellos inician su conexi\u00f3n valido hasta que cierren la conexi\u00f3n. En caso de conexiones de banda ancha, el numero es asignado por un per\u00edodo limitado de tiempo o hasta que la actividad cese por un periodo de tiempo. Algunos ISPs, generalmente por un cargo adicional, ofrecen una direcci\u00f3n de IP \u00abfija\u00bb a algunos de sus clientes de banda ancha y de negocios.<\/p>\n Por lo tanto, si un portal web, Blogs o peri\u00f3dico digital no acata nuestro emplazamiento de que se abstengan a seguir publicando y difundiendo las fotos desnuda de nuestra cliente, quien suscribe lamentablemente se ver\u00e1 obligado agotar los pasos de ley correspondientes y anteriormente expuestos.<\/p>\n Tambi\u00e9n mediante instancia motivada al tribunal que conozca del referido expediente, se le puede solicitar al Juez apoderado, que se le proh\u00edba al director del medio electr\u00f3nico el uso de las Tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n (TIC)<\/p>\n DELITOS DE PRENSA El car\u00e1cter particular del delito de prensa no impide que las normas ordinarias del derecho penal o del procedimiento penal les sean aplicables de manera supletoria, sobre todo cuando no resulten incompatibles o en contradicci\u00f3n con lo establecido por la referida ley.<\/p>\n El caso m\u00e1s ilustrativo en la pr\u00e1ctica jur\u00eddica dominicana se refiere al ejercicio de la acci\u00f3n p\u00fablica por el hecho de DIFAMACI\u00d3N, la acci\u00f3n p\u00fablica est\u00e1 contemplada en nuestro c\u00f3digo procesal penal dominicano, promulgado en el 2002, y la persecuci\u00f3n y sanci\u00f3n penal es persecutoria sin la necesidad de una querella o denuncia. Lic. Enrique Santelises<\/p>\n Abogado Venya Carolina <\/p>\n\n El abogado Enrique Santelises inform\u00f3 ha planteado someter\u00e1 un proyecto de Ley que regule los blogs y portales web en el pa\u00eds seg\u00fan revel\u00f3 a ImagenesDominicanas.com Santelises \u2013abogado de la presentadora Venya Carolina- dijo que ha conversado con representantes del Congreso Dominicano \u2013con intereses comunes- a quienes les ha mostrado la idea del proyecto que […]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":true,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","enabled":false},"version":2}},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-17358","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-uncategorized"],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_featured_media_url":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.idominicanas.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17358"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.idominicanas.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.idominicanas.com\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.idominicanas.com\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.idominicanas.com\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=17358"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.idominicanas.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17358\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.idominicanas.com\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=17358"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.idominicanas.com\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=17358"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.idominicanas.com\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=17358"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}
<\/a>Lean la carta que nos envi\u00f3 Santelises donde trata de manera detallada este delito de Prensa en la web<\/a><\/p>\n
PROCEDIMIENTO:
Solicit\u00e1ndole al Juez Coordinador de los Juzgados de Instrucci\u00f3n de la demarcaci\u00f3n territorial correspondiente, una orden de secuestro y allanamiento contra el propietario y\/o Director del medio electr\u00f3nico que haya incurrido en la publicaci\u00f3n de las referidas fotos, se procede a incautar el o todos los equipos electr\u00f3nicos que haya sido utilizados para tales finales.<\/p>\n
La mayor\u00eda de las computadoras de usuarios, como las computadoras personales, son asignadas por su proveedor de servicios de Internet (ISP), Codetel, Orange, Aster, etc., direcciones de IP \u00abtemporarias\u00bb.<\/p>\n
En la Rep\u00fablica Dominicana tal delito se rige por la legislaci\u00f3n 6132 sobre \u00abExpresi\u00f3n y Difusi\u00f3n del pensamiento\u00bb aunque de manera limitativa, esa ley hace una enunciaci\u00f3n de los cr\u00edmenes y delitos cometidos v\u00eda prensa. El c\u00f3digo penal dominicano consigna otras disposiciones referidas al mismo objeto. Por razones de uso convencional, al conjunto de los cr\u00edmenes y delitos cometidos v\u00eda prensa, de les denomina como tal, DELITOS DE PRENSA.<\/p>\n
Cordialmente:<\/p>\n
Director Ejecutivo
GSV Oficina de Abogados<\/p>\n