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¿Qué dice el Código de Trabajo ante situaciones laborales por el COVID-19?
Ante el aumento de los casos de COVID-19 en el país, es importante que conozcamos las opciones legales laborales ante una “cuarentena” o frente a cualquier otra situación de salud o económica a raíz de este coronavirus. ⠀⠀⠀⠀⠀⠀⠀⠀⠀
Muchas empresas han coordinado para que sus colaboradores trabajen desde su casa. En este caso, el contrato de trabajo se mantiene vigente, y por ende, todas las obligaciones de ambas partes. ¿Pero que ocurre esto no se puede aplicar? ⠀⠀⠀
A continuación las recomendaciones de Lawgic, una firma especializada en consultorías en derecho laboral y empresarial:⠀⠀
Si no es posible que trabajen a distancia, y te ves forzado a que tu equipo no se presente a la empresa ya sea porque presenta síntomas del virus, o porque no hay materia prima para llevar a cabo las operaciones, o porque el Estado ha declarado una cuarentena; entonces los contratos de trabajo quedan SUSPENDIDOS.
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¿Que significa la suspensión de los efectos del contrato de trabajo?
-Esto implica que, dada una situación específica, el trabajador queda liberado de prestar sus servicios y la empresa queda exonerada de pagarle el salario acordado. No implica la terminación del contrato; se mantiene vigente y sigue «computándose» su antigüedad, detalla una publicación de @LawgicEnLinea en instagram.⠀⠀
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La publicación informa que si el trabajador presenta síntomas del virus, basta con que presente una certificación médica que avale su incapacidad para trabajar para que opere la suspensión del contrato. ⠀⠀
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En los casos donde existe una baja de ingresos a raíz de las medidas adoptadas a nivel mundial, primero se debe solicitar una autorización al Ministerio de Trabajo. Debes de probar, a través de documentos y cualquier otro medio, que la situación en tu empresa se debe a un hecho ajeno a tu voluntad, que no puedes controlar y que se deriva de medidas adoptadas por terceros que afectan directamente tu “materia prima”.