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Proyecto de ley para que minutos no consumidos se acumulen hasta por 12 meses

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Proyecto de ley para que minutos no consumidos se acumulen hasta por 12 meses

El proyecto de ley que dispone la regulación de los servicios telefónicos en República Dominicana y que se estudia en la Cámara de Diputados, obligará a las empresas prestadoras del servicio a traspasar al cliente los minutos no consumidos durante el mes de la facturación y deberán acumular esa cantidad de minutos en un tiempo de 12 meses.

Transcurrido el plazo de los 12 meses, los minutos que la persona acumule y no consuma, se considerarán automáticamente expirados. El proyecto de las Telecomunicaciones lo conoce la Comisión Permanente de Tecnología de la Información de la Cámara de Diputados, que preside el diputado Miguel Ángel Jazmín, quien junto a un grupo de 14 legisladores de la cámara baja, trabaja en los aspectos consensuados y aprobados por el Senado de la República. Este proyecto inició su proceso por el Senado, a iniciativa del senador Dionis Sánchez, con la finalidad de que las empresas telefónicas sean reguladas o estén obligadas a ofrecer a sus clientes las ventajas de cada servicio y los derechos que tienen en cada plan que elijan.

Usuarios no paguen publicidad. Otro aspecto que ataca el proyecto es para que los dueños de las empresas telefónicas no les cobren a sus clientes la publicidad que les envían en forma de llamadas o mensajes, por lo que plantea que estén exentas de todo pago, al no implicar un consumo al usuario receptor, señala el artículo 5 de la iniciativa en discusión.

El proyecto de ley coloca al Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) como el ente regulador al momento de que se apruebe la pieza.

Asimismo, en cuanto a las sanciones, indica que se reputan de cometer faltas administrativas las prestadoras de servicios públicos de las telecomunicaciones que incumplan frente a los usuarios las disposiciones, calificando las faltas de muy graves. Entonces, dispondrá que las prestadoras del servicio sean sancionadas con un Cargo de Incumpliento (CI), de conformidad con las sanciones establecidas para las faltas graves, conforme a la Ley General de las Telecomunicaciones, resalta el periódico Hoy.

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