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Prohíben por Ley envío correos no deseados o «Spam»
El presidente Danilo Medina promulgó el pasado 8 de Agosto, la Ley 310-14 que regula el envío de correos electrónicos no deseados (SPAM).
La pieza tiene como objeto regular el envío de comunicaciones comerciales, publicitarias o promocionales no solicitadas -vía correos electrónicos- sin perjuicio de las disposiciones vigentes en materia comercial sobre publicidad y protección al consumidor.
En su artículo 4, la ley establece que toda comunicación comercial electrónica debe contener el señalamiento “publicidad” en el campo del asunto de cada mensaje. Los textos deben figurar de manera clara, legible, sin errores ni defectos ortográficos y sin la inclusión de caracteres ajenos a los mismos.
Asimismo, si el contenido de la comunicación tiene relación con la venta o distribución de bienes o servicios de contenido sexual, que solo deben ser leídos o adquiridos por mayores de edad, se incluirá la frase “publicidad para adultos”.
La promulgada ley por el Poder Ejecutivo de la Nación expresa en su artículo 7 que “queda prohibida la remisión directa o indirecta de comunicaciones comerciales cuya recepción no haya sido solicitada o consentida por el interesado receptor de la misma”. [Más detalles aquí]