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Anulan disposición obligaba divorciadas esperar 10 meses para casarse
El Tribunal Constitucional (TC) declaró nulo el artículo 35 de la Ley de Divorcio, que establece que la mujer divorciada no podrá volver a casarse, sino diez meses después que éste haya llegado a ser definitivo, a menos que su nuevo marido sea el mismo de quien se ha separado.
Mediante sentencia TC/0070/15, consideró que la disposición de la norma, del 21 de mayo de 1937, es contraria a la Constitución. La alta corte acogió una acción directa de inconstitucionalidad incoada por Ángela Merici Mendoza Minier contra la ordenanza. [Ver más detalles]